Conocé cómo se compone nuestro comité de auditoría
De conformidad con el Decreto de Transparencia y las normas de la CNV, las sociedades argentinas cuyas acciones se encuentran admitidas a la oferta pública deben designar un Comité de Auditoría integrado por no menos de tres miembros del Directorio, cuya mayoría debe ser independiente de conformidad con las normas de la CNV. Según los estatutos sociales, un Director Independiente es designado por los tenedores de sus acciones Clase A y el otro por los tenedores de sus acciones Clase B.
Miembro | Clase A
Miembro | Clase A
Miembro | Clase B/C